Ahorrar en la Declaración de la Renta
Entre mayo y junio de este año se tendrá que presentar la próxima declaración de la renta y muchas personas están ansiosas por encontrar la forma de reducir impuestos y ahorrar. Lo más importante es realizar las últimas operaciones de inversión, productos de ahorro y la compra de inmuebles para conseguir pagar menos al fisco.
Las cuentas ahorro vivienda podrán deducir un máximo de 9.015€ en territorio general y Navarra. En el País Vasco esta deducción es de hasta un 18% de las cantidades aportadas, con una deducción máxima de 2.160€.
Para quien posea una hipoteca podrá deducir un máximo de 9.015€ de las cantidades pagadas, no obstante para el País Vasco se podrá deducir hasta 12.000€ anuales. Además en ambos casos de podrán incluir los gastos de notaría y seguros del hogar. Para quien sea titular junto a su pareja y quieran beneficiarse ambos de esos 9.015€ de desgravación, tendrán que hacer una declaración individual y no conjunta, lo mismo sucede para las parejas de hecho, o personas que compartan la vivienda.
Para el caso de quien haya rehabilitado recientemente su hogar podrá desgravar estas cantidades siempre que las obras hayan sido sobre las estructuras, fachadas y cubiertas. El coste de la rehabilitación debe superar el 25% del precio de adquisición, el límite a desgravar es de 9.015€.
Las personas en régimen de alquiler pueden también deducir hasta un 10,05% del alquiler con un límite máximo de 9.015€ siempre y cuando la renta de trabajo sea inferior a 24.020€ al año, lo cual se presenta como una de las novedades que nos dejó el 2008.
En Cataluña, Madrid, Navarra o el País Vasco rigen normas diferentes, en el primer caso es de hasta un 10% del alquiler, mientras que para Madrid es de un 20%, para Navarra de un 15% y un 25% para el País Vasco.
Una de las opciones menos conocidas pero ampliamente recomendables son los planes de pensiones, las aportaciones de los contribuyentes de hasta 50 años de edad pueden deducir hasta un 30% de la suma de los rendimientos del trabajo con un límite de hasta 10.000€. Para quien supere esta edad podrá beneficiarse de hasta 12.500€. En ambos casos los cónyuges con planes de pensiones podrán gozar de 2.000€ adicionales a ese presupuesto.
Las acciones y fondos de han empezado a tributar, a partir de 2007 quien perciba ganancias de estos dos productos tendrán que tributar el 18% de las mismas.
Para los fondos de inversión sucede lo mismo para quien haya contratado a partir del 20 de enero de 2006, que tendrán que pagar un 18% de sus ganancias.
Algo similar sucede con los dividendos, aunque en este caso únicamente se tributa si las ganancias superan los 1.500€, en ese caso se paga un 18% de las mismas a Hacienda.
Alternativas que habrá que empezar a sopesar sobretodo porque se acerca la declaración de la renta y nunca es bueno dejarlo para el final porque con las prisas siempre olvidamos que podemos ahorrar y beneficiarnos con nuestros ahorros.
En caso de que necesitas más información te recomiendo este interesante artículo de mundo préstamos sobre como ahorrar en tu declaración.















0 comments
Tienes que llenar el siguiente formulario.
Deja un comentario